SOBRE nosotros

Beta Legal asesora a pymes que necesitan abogados y economistas que se pongan en “la piel” del cliente y que les digan “¿qué harías tú si estuvieses en mi lugar?”. Empresas que valoran la cercanía en el trato, la predisposición a solucionar o prevenir problemas, y la concreción en el asesoramiento.

Empresas que requieren socios, más que abogados o asesores, y un asesoramiento serio y eficaz, es decir, soluciones prácticas. Beta Legal también asesora a profesionales de distintos sectores.

AYUDAS

El gobierno publicó en el Real Decreto ley 5/2021, de 12 de marzo, una nueva línea de ayudas directas a autónomos y empresas, que tiene como objetivo proteger el tejido productivo hasta que se logre un porcentaje de vacunación que permita recuperar la confianza y la actividad económica en los sectores que todavía tienen restricciones; evitar un impacto negativo estructural que lastre la recuperación de la economía; proteger el empleo en los sectores más afectados por la pandemia; y actuar de forma preventiva para evitar un impacto negativo superior sobre las finanzas públicas y los balances del sistema financiero.

Ayuda directa a autónomos y empresas


AYUDA reestructuración de deuda financiera


Fondo de recapitalización


Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas

¿Qué requisitos debo cumplir?

La actividad debe tener una caída igual o superior al 30% de la facturación a cierre del ejercicio 2020 respecto al 2019.

Se exige el compromiso de mantener la actividad económica mínimo hasta el 30.06.2022

No debe tener resultado negativo en las cuentas del Impuesto sobre sociedades o la declaración de renta en el ejercicio 2019.

No se podrá repartir dividendos durante 2021 y 2022.

No se deben aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde aplicación de alguna de las medidas.

IMPORTE DE LA AYUDA

Para los autónomos con actividades en módulos, la ayuda directa será de 3.000 euros.

Para el resto de autónomos y empresas será como sigue:

Cuando se tenga una reducción del 30% de la facturación y un máximo 10 empleados.
- Se podrá obtener el 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30% (mínimo 4.000 y máximo 200.000)Cuando se tenga una reducción del 30% de facturación y más de 10 empleados.
- Se podrá obtener el 20% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30% (mínimo 4.000 y máximo 200.000)

¿Quién puede Solicitarla?

Podrán acceder a estas ayudas todas las empresas y autónomos afectados por la pandemia, y en base a las relacionadas en el anexo.

Si desea conocer la relación de actividades que pueden solicitar la ayuda, haga clic AQUÍ.

Las diferentes comunidades autónomas pueden incluir otras actividades especialmente afectadas en su territorio.

Línea para la reestructuración
de deuda financiera Covid

Reducción de deudas mediante transferencia directa

Se contempla la realización de transferencias directas a autónomos y empresas para la reducción del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia.

Para la concesión de estas ayudas será necesario que la entidad financiera y el deudor, que reúna los requisitos establecidos, alcancen un acuerdo de renegociación de la totalidad de la deuda, avalada y no avalada, que mantiene la empresa con el banco y que se haya generado entre el 17 de marzo de 2020 y la aprobación del RDL 5/2021.

La reducción podrá ser del 50% del principal avalado pendiente de cada operación, si la caída de la facturación de la empresa o autónomo en 2020 fue inferior al 70% y de hasta 75% del importe avalado si la caída de facturación en 2020 fue superior al 70%. En todos los casos, para optar a estas transferencias, la empresa o autónomo deberá haber registrado una caída de la facturación en 2020 del 30% y la cuenta de pérdidas y ganancias tendrá que haber presentado un resultado negativo después de impuestos en el año 2020.

Las entidades financieras deberán asumir la parte proporcional de la reducción del préstamo, y el abono de las transferencias se realizará por orden de comunicación, estando limitado al agotamiento de los fondos establecidos para cada uno de los organismos que han concedido préstamos avalados: 2.750 millones de euros para avales gestionados por ICO; 100 millones para avales de CESCE y 150 millones para avales gestionado por CERSA.

El plazo máximo para la ejecución de los acuerdos de reducción de deuda y comunicación de las transferencias a los organismos concedentes de los avales es el 1 de diciembre de 2022.

Conversiones en préstamos participativos

Asimismo, se establece la posibilidad de que, por acuerdo entre la entidad financiera y la empresa, se pueda convertir el préstamo avalado en un préstamo participativo, manteniendo la cobertura del aval público, medida que reforzará los recursos propios de las empresas beneficiarias, al tener estos préstamos un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles.

Para poder beneficiarse de esta medida, la empresa deberá haber tenido una caída de su facturación del 30% en 2020, con la cuenta de pérdidas y ganancias del año 2020 presentando además un resultado negativo después de impuestos. Asimismo, la empresa deberá cumplir con los requisitos de no estar en mora en ninguna financiación suscrita con la entidad financiera y no estar en concurso de acreedores.

Extensión del vencimiento de los préstamos con aval público

Por último, se establece la extensión adicional del plazo de vencimiento de los préstamos que cuenten con aval público, con el fin de que los autónomos y empresas dispongan de un periodo de tiempo mayor para poder recuperar su actividad económica y hacer frente a sus compromisos financieros.

Esta medida será de obligada aplicación por las entidades que hayan suscrito el Código de Buenas Prácticas para las empresas que lo soliciten y que cumplan los requisitos establecidos, entre otros, no estar en mora de ninguno de los préstamos que tenga suscritos con la entidad, ni estar en procedimiento concursal y haber registrado una caída de la facturación en 2020 respecto a 2019 de al menos el 30%. En los casos en que no se cumpla el requisito de caída mínima de la facturación, será posible la ampliación del vencimiento por acuerdo entre las partes.

Adicionalmente, se permitirá la ampliación del plazo de carencia por acuerdo entre las partes.

Fondo de recapitalización de empresas
afectadas por Covid

Se crea un Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID, dirigido a reforzar los balances de empresas que eran viables en diciembre de 2019, pero que se enfrentan a problemas de solvencia por la pandemia.

Este fondo está dotado con 1.000 millones de euros y será gestionado por COFIDES, empresa con capital público-privado. Las ayudas se realizarán en forma de instrumentos financieros, como préstamos ordinarios, préstamos participativos, capital u otros a empresas que atraviesen dificultades temporales y que no puedan acceder a las ayudas del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, gestionado por SEPI, que tiene un importe mínimo de aportación de 25 millones de euros.

SIMULADOR DE AYUDAS

equipo DE AYUDAS

BETA LEGAL ASSESSORS es un despacho integrado por un joven equipo de profesionales con una larga experiencia en diferentes áreas, dinámico, multidisciplinar y altamente especializado.

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